Bogotá, D. C., 3 de marzo de 2026. La Registraduría Nacional del Estado Civil informó que un total de 862.392 ciudadanos prestarán su servicio como jurados de votación durante las elecciones de Congreso de la República y las consultas de precandidatos presidenciales que se realizarán el próximo domingo 8 de marzo en todo el país.
Desde el pasado 9 de febrero, la entidad ha venido desarrollando jornadas de capacitación presencial dirigidas a los jurados designados, con el fin de garantizar la transparencia, organización y correcto desarrollo de la jornada democrática.
¿Quiénes son los jurados?
Los jurados de votación son ciudadanos entre los 18 y 60 años, postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y organizaciones políticas. La distribución de los jurados designados es la siguiente:
- 331.005 empleados de empresas privadas
- 277.620 estudiantes
- 129.417 funcionarios públicos
- 101.506 docentes
- 22.844 simpatizantes de organizaciones políticas

Funciones durante la jornada electoral
Los jurados cumplirán un papel fundamental en dos momentos clave:
- De 8:00 a. m. a 4:00 p. m.: atención del proceso de votación en las mesas asignadas.
- Después de las 4:00 p. m.: conteo de votos y diligenciamiento manual de los resultados en el formulario E-14 o actas electorales.
Diligenciamiento del formulario E-14
La Registraduría reiteró que el formulario debe completarse:
- Registrando cada dato de manera clara y horizontal en los tres ejemplares (claveros, delegados y transmisión).
- Escribiendo cada número en su propia casilla cuando la cifra tenga tres dígitos.
- Marcando las casillas anteriores cuando la cifra tenga uno o dos dígitos.
- Evitando diligenciar casillas de partidos o candidatos que no hayan obtenido votos, para agilizar el proceso de escrutinio y transmisión.
Servicio obligatorio
La entidad recordó que ejercer como jurado de votación es un servicio de carácter obligatorio. Quienes no asistan sin justa causa podrán enfrentar:
- Destitución del cargo, en el caso de servidores públicos.
- Multa de hasta diez salarios mínimos mensuales legales vigentes, para quienes no pertenezcan al sector público.
Los jurados que laboren en el sector público o privado tendrán derecho a un día compensatorio de descanso remunerado, que podrá ser tomado dentro de los 45 días hábiles siguientes a la jornada electoral.
Distribución nacional
Entre los departamentos con mayor número de jurados designados se encuentran:
- Bogotá, D. C.: 129.927
- Antioquia: 115.123
- Valle del Cauca: 79.149
- Cundinamarca: 50.012
- Atlántico: 46.372
En total, se designaron 730.279 jurados principales y 132.113 jurados remanentes, para un gran total de 862.392 ciudadanos que apoyarán el desarrollo del proceso electoral en todo el territorio nacional.
